Desgravar vivienda.

Hola, mi pregunta es la siguiente, en mi matrimonio (régimen separación de bienes), yo el marido me desgravo por mi vivienda, que este año es el domicilio habitual de los dos. ¿Mi mujer se puede desgravar por lo que ella aporte a otra vivienda que tiene en propiedad, sin ser esta domicilio habitual?. Hasta el año pasado lo hacia, este año nos hemos casado y hemos oído que al no ser domicilio habitual no se puede, pero es su primera vivienda. Gracias.
Respuesta
1
Un requisito para poder desgravarse por ella es que sea su vivienda habitual, si ya no vive ahí entonces ya no puede desgravarse por ella aunque sea su primera vivienda. ¿Cuántos años ha estado viviendo en esa otra vivienda? Porque si no han transcurrido si quiera 3 años incluso podría perder lo que desgravó en años anteriores, pero si pasa de 3 años no habría problema.
Ya, pero como se determina que es vivienda habitual, es decir, que es considerado en este caso por hacienda para llegar a la conclusión de que ya no es vivienda habitual, porque en este caso aún siendo matrimonio, podríamos estar utilizando las dos viviendas como habituales, o yo una de ellas y mi mujer la otra. Mi intención es que mi mujer se pueda desgravar de su vivienda durante 3 años más.
Dos viviendas habituales no se pueden tener. Vivir uno en una vivienda y otro en otra sí pero en este caso si os reclamasen tendrías que poder demostrar que tu mujer está viviendo efectivamente en la otra vivienda (recibos de agua, luz,... o cualquier otra cosa con qué poder demostrarlo).

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas