Fra del 2006 sin refeljar en el 300 ni en el 390
Buenas carmelajunca,
Con los datos que me has facilitado (sólo me escribiste en el asunto), te diría que lo que tienes que hacer (salvo que esa factura te afecte para el modelo 347) es contabilizarla en este ejercicio y fuera, si por el contrario te afecta al 347, debería de hacer una declaración complementaria al 300 y una sustitutiva al 390.
Espero que sea eso lo que me querías preguntar, si no es así, explícamelo con más detalle y lo miramos otra vez.
Un saludo
Manuel
[email protected]
Con los datos que me has facilitado (sólo me escribiste en el asunto), te diría que lo que tienes que hacer (salvo que esa factura te afecte para el modelo 347) es contabilizarla en este ejercicio y fuera, si por el contrario te afecta al 347, debería de hacer una declaración complementaria al 300 y una sustitutiva al 390.
Espero que sea eso lo que me querías preguntar, si no es así, explícamelo con más detalle y lo miramos otra vez.
Un saludo
Manuel
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Respuesta de fotosirius
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