Buenas, agradecería que alguien me dijera si es posible contabilizar unas facturas de ingresos del ejercicio 2007 en el ejercicio 2008; nuestro cliente no las trajo en su momento y ahora al cotejar los datos para el modelo 347 hemos detectado el error. Gracias
Respuesta de abbm
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abbm, Soy Licenciada en Administración y Dirección de Empresas, con 5...
Como poderse, todo es posible. Como deberse, en puridad deberías registrarlas en 2007 y presentar una sustitutiva o complementaria del IVA de diciembre, y del resumen anual de 2007. Ten en cuenta que al ser IVA repercutido que no estás declarando a hacienda, Hacienda está dejando de ingresarlo en el período en que le corresponde, por lo que te puede venir una sanción + intereses de demora por lo que has tardado en ingresarlo si te inspeccionan. Además, también estás dejando de tributar el 35% de ese ingreso en el impuesto de sociedades, con las mismas consecuencias si te pillan. Pero todo depende del importe. Si no es muy significativo quizás no pase nada y no hace falta que presentes las declaraciones complementarias. Pero debes preguntarle a un experto de Fiscal que es por donde te puede venir el problema. Contablemente, por el principio de correlación de ingresos y gastos, y por el del devengo, te tienes que registrar el ingreso en el periodo que corresponde, porque sino tienes un problema de corte de operaciones. Pero vamos, te digo lo mismo, si el importe no es significativo, regístrala en 2008, que no eres la primera persona a la que le pasa.