Equipo de patronaje

Le ruego me indique lo que hacer con este problema que se me plantea.
La cuestión es la siguiente:
El año pasado por el mes de noviembre, mi empresa adquirió un equipo de patronaje. Es un sistema informático compuesto por un ordenador de gama alta, equipado con todo lo necesario para obtener patrones de las prendas que fabricamos. El equipo está valorado en 2.150.000 ptas. 12.921,76 euros.
El pago se hizo al contado, mediante transferencia bancaria.
La entidad que nos vende el equipo es la FEDECON, es decir la Federación Española de Empresas de la Confección, que mediante el proyecto europeo denominado Telecad-II, hace de intermediaria entre el organismo europeo correspondiente y la empresa adquirente.
De tal modo que lo único que tenemos de esta Federación es un recibo, donde nos dice que han recibido la cantidad mencionada, conforme a la participación en el proyecto.
¿Cómo funciona todo este asunto?.
El contrato suscrito con la FEDECON, dice (entre otras casas) que nosotros tenemos, en una especie de depósito, el equipo, por tiempo indefinido y sin ninguna otra condición salvo la de ponernos en contacto con ellos a la hora de vender el equipo, que además, debe ser completo y nunca en partes.
Establecido el contacto, el poseedor actual del equipo pacta con el comprador el precio y de ese modo se transmite.
En todo el proceso descrito, no aparece el IVA por ninguna parte.
Yo he considerado, a efectos contables y fiscales, que tengo el equipo en depósito, y así aparece en mi contabilidad.
He consultado con el asesor fiscal de la Federación el cual me remite una nota que distribuyamos la aportación (así denominan ellos el dinero entregado) en varios ejercicio, el que se compra y cuatro más. No hay más datos.
A mi asesor fiscal se lo he consultado y no me da una respuesta convincente.
Gracias por perder un poco de su tiempo en leer esta pregunta.

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Lo que el asesor fiscal te esta indicando es lo que nosotros conocemos como una amortización del valor de la maquina, esto con el objetivo de cuidar el interés fiscal.
Aclaro que no tengo muchos parámetros para responderte, pero entiendo que tu pregunta principal es que si esta bien que lo tengas como equipo en deposito, a mi forma de ver el asunto, el procedimiento que yo hubiese sequido es un arrendamiento con promesa de venta lo que se conoce como arrendamiento financiero y darle el tratamiento respectivo que dicta las normas internacionales de contabilidad, y si el efecto financiero es fuerte se puede amortizar en cuotas, tal como te lo han planteado.
Lee las normas internacionales de contabilidad, o si no lee los p.c.g.a de miller
suerte
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