Contabilización impuesto sociedades

Buenos días. En mi empresa el impuesto de sociedades del año 2007 quedo de la siguiente manera:
Resultado contable 34.669,98
Correcciones al resultado contable ( impuesto sociedades ) 11.556,32
Base imponible 46.225,30
Retenciones y pagos fraccionados 2.068,27
Liquido a ingresar 9.488,05
Distribución resultados ( a reservas voluntarias ) 34.669,98
¿Cuál seria el asiento contable correcto y en que fecha se debió hacer?
Reciba un cordial saludo.

2 Respuestas

Respuesta
1
En primer lugar, disculpa el retraso pero he estado un poco liado.

1) Por la contabilización del IS a 30-12:
630 Impuesto Sociedades: 11.556,32 Debe.
473 Retenciones y Pagos a cuenta: 2.068,27 Haber.
475.2 Hacienda Pública, acreedora por Impuesto Sociedades: 9.488,05 Haber.
2) Por la contabilización del reparto de resultados a 02-01:
129 Resultados del ejercicio: 34.669,98 Debe.
113 Reservas Voluntarias: 34.669,98 Haber.
Lo de 30-12 y 02-01 es manía. Para que su fecha no coincida con la de los asientos de cierre y apertura de ejercicio (31-12 y 01-01).
Respecto a la contabilización del reparto de resultados, es posible que otros prefieran hacerlo en la fecha de celebración de la Junta General Ordinaria donde se apruebe la propuesta de aplicación del resultado. (Fecha límite 30-06). El problema es que si se espera a entonces, vas a mantener un saldo en la 129 y a la hora de listar el Balance de Situación, el saldo de resultados del ejercicio se incrementará obviamente con el del ejercicio anterior por lo que puede provocar equívocos.
Respuesta
1
El asiento del impuesto sobre sociedades se debe realizar el 31 de diciembre del año que se trate, el asiento sería el siguiente
11.556,32 (630) a (4752) 9.488,05
                                                (473) 2.068,27
El asiento de distribución de beneficios sería otro, habría que hacerlo al año siguiente en la fecha en que se apruebe la distribución de los resultados, habría que poner en el debe la cuenta que utilices para abrir el ejercicio 2008 donde este el beneficio puede ser la cuenta 120 por los 34.669,98 contra la cuenta 113 de reservas voluntarias.

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