Consulta de tributación
Saludos,
Quería hacer algunas consultas en lo referente a tributación para las ventas de una empresa genérica.
1) Si se realizan ventas al crédito: ¿La factura o nota fiscal debe reflejar el precio regular del producto/servicio o incluir el recargo (% interés) del crédito? ¿Se debería emitir la factura o nota fiscal al momento de la entrega del producto?
2) En ventas al crédito: ¿Cómo se procede a calcular el importe del débito fiscal correspondiente a las ventas?
Pongamos un ejemplo con cifras para ilustrar mejor el caso:
Precio de venta de producto "X" = 1600 rupias al contado.
En Febrero 16 se otroga un crédito a un consumidor con el siguiente plan de pagos:
Cuota inicial: 600 rupias
Segunda cuota: 570 rupias a ser pagada en marzo 16
Ultima cuota: 570 rupias a ser pagada en abril 16
Entonces el total colectado habrá de ser de 1740 rupias
Para la primera pregunta: ¿La nota fiscal que se le emita al consumidor debe indicar 1600 o sobre 1740? Cuando se debe emitir esta nota fiscal: feb 16, ¿abr 16 o no importa?
Si la nota fiscal emitida mostrara 1600, ¿para la declaración de impuestos se debe considerar de alguna forma el importe de intereses del crédito para el cálculo de débito fiscal?
O sea: Total ventas = 1600.- Entonces IVA Débito Fiscal = 0.13*1600 = 208.-
¿El cálculo queda ahí y ya?
Gracias de antemano por la colaboración.
Leonardo S.
Quería hacer algunas consultas en lo referente a tributación para las ventas de una empresa genérica.
1) Si se realizan ventas al crédito: ¿La factura o nota fiscal debe reflejar el precio regular del producto/servicio o incluir el recargo (% interés) del crédito? ¿Se debería emitir la factura o nota fiscal al momento de la entrega del producto?
2) En ventas al crédito: ¿Cómo se procede a calcular el importe del débito fiscal correspondiente a las ventas?
Pongamos un ejemplo con cifras para ilustrar mejor el caso:
Precio de venta de producto "X" = 1600 rupias al contado.
En Febrero 16 se otroga un crédito a un consumidor con el siguiente plan de pagos:
Cuota inicial: 600 rupias
Segunda cuota: 570 rupias a ser pagada en marzo 16
Ultima cuota: 570 rupias a ser pagada en abril 16
Entonces el total colectado habrá de ser de 1740 rupias
Para la primera pregunta: ¿La nota fiscal que se le emita al consumidor debe indicar 1600 o sobre 1740? Cuando se debe emitir esta nota fiscal: feb 16, ¿abr 16 o no importa?
Si la nota fiscal emitida mostrara 1600, ¿para la declaración de impuestos se debe considerar de alguna forma el importe de intereses del crédito para el cálculo de débito fiscal?
O sea: Total ventas = 1600.- Entonces IVA Débito Fiscal = 0.13*1600 = 208.-
¿El cálculo queda ahí y ya?
Gracias de antemano por la colaboración.
Leonardo S.
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Respuesta de Juan José Adanero García
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