Arreglar retención del 2008

Buenos días,
          Mi duda es la siguiente: me llego ayer un autónomo que realizó trabajos para mi empresa en 2008 y me comento un error en el certificado de retenciones. El caso es que el programa que uso le tienes que meter tu las retenciones y con las prisas de meter facturas para el iva y tal, se metieron algunas facturas sin retención. Ahora me comenta que tengo que presentar una complementaria, pero no se como reflejar esto en contabilidad por que el iva del 2008 no lo puedo tocar. ¿Alguien me puede ayudar? Gracias.
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He de entender que estamos hablando de la retención que practican algunoa autónomos del 1%.
Lo primero a considerar es si hablamos de cantidades importantes en cuanto a las retenciones. Yo lo que haría sería hablar con el proveedor a ver si nos permite incluir esas retenciones en este ejercicio, pues en caso contrario voy a tener que presentar una complementaria de 110 y 190, con la más que probable sanción.
Pero en cuanto al IVA no tendría que hacer nada si contablizaste correctamente las bases imponibles y sus cuotas.
Espero haberte aclarado. Sino consúltame.
El caso es que algunas están bien contabilizadas pero otras no tienen la retención, entonces también tengo que presentar una complementaria del iva, ¿no? ¿Y en contabilidad como en que año reflejo esto? Me refiero al devengo, no al pago. Gracias
A ver si me explico... Si en las facturas contabilizaste correctamente la cuota de IVA, aunque no contabilizaras la retención NO tienes que presentar complementaria. ¿Me he explicado bien?
Las facturas que no tienen la retención, la cuota del iva no es la correcta. Si presento la declaración complementaria, ¿puedo rectificar las facturas en 2008 o lo tengo que hacer en 2009?
Mi consejo como contable en gestoría de empresas, es que no rectifiques las facturas en 2008: tendrías que presentar complementaría de 300 y 390 y aún así Hacienda te sancionará por presentación fuera del plazo.
Te propongo que rectifiques esas facturas en 2009, por ejemplo anulando los apuntes erróneos y contabilizando las facturas de forma correcta. Ten en cuenta que una factura de gasto tengo 4 años para deducir ese IVA.

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