Contabilizar deuda Juzgado de lo Social

Tengo una duda con respecto a la contabilización de una deuda con el Juzgado de lo Social. Te comento como es el proceso:
La empresa despidió a un trabajador y este al no estar conforme con la liquidación nos demando etc. Etc. El Juzgado nos impone pagar una serie de cantidades y nosotros hemos realizado los pagos. Lo que me ocurre es que no se como generar esa deuda que hemos contraído. El pago lo tengo claro: ¿440 a 572 no? ¿Pero y el resto? Estoy muy perdido, aver si puedes echarme una mano

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Esas cantidades que te han obligado apagar seria por indemnización, atrasos, nominas o cualquier otro concepto relacionado con estos. Pues bien, tu debes contabilizarlo como si se tratara de una nomina, indemnizxacion, etc. es decir en gastos de personal.

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