Condenación de deuda a cliente

Hola. Me gustaría saber si una empresa puede condonar a un cliente parte de su deuda. Y cual sería el tratamiento contable de dicha condenación.
Gracias. Un saludo.
Respuesta
1
Antes de imputarte la condenación como un gasto:
(678) a (430) que resultaría dudosamente deducible fiscalmente, yo le emitiría una factura de abono al objeto de reducir mis ingresos y como consecuencia no pagar el IVA de lo que le condono:
D (700)
D (477)
H (430)
Un saludo
Me parece una sugerencia estupenda.
Pero antes de hacerlo, quería preguntarte si eso, de cara a Hacienda, es más correcto.
Gracias de nuevo
Si le envías la factura de abono al Cliente de forma fehaciente (Burofax por ejemplo) te puedes aplicar esta forma con seguridad fiscal.
Saludos

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