Retención en intereses bancarios en el Imp. Sociedades
En la declaración del IRPF las retenciones de impuestos que el banco practica sobre los intereses corresponden "exactamente" con el importe que estos intereses deben de tributar, sin formar parte de la base imponible general.
En el Impuesto de Sociedades ¿curre lo mismo? O por el contrario ¿podemos deducir la retención sufrida de la cuota líquida a pagar resultante?
En el Impuesto de Sociedades ¿curre lo mismo? O por el contrario ¿podemos deducir la retención sufrida de la cuota líquida a pagar resultante?
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Respuesta de sakyamuni
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