Compra de solar para fabricar

La sociedad compra un solar para fabricar viviendas y se hace en un contrato de PERMUTA y dice... las partes de mutuo acuerdo valoran dicha participación en 60.000 euros, y el mismo valor de 60.000 euros, la vivienda que recibirá como contraprestación de la la misma. ¿Cómo se hace el asiento contable?

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Estás hablando de una permuta comercial, por lo que, contablemente, tienes que hacer una compra (600 D a 400 H) por la compra, y al mismo tiempo, un anticipo de venta futura (430 D a 438H) por el mismo importe, y ojo, que la operación, al menos la de anticipo, lleva IVA. Se hace por los 60.000 previstos. Cancela luego la 400D contra la 430H, por la permuta.
Posteriormente, si los pisos tienen mayor valor de mercado, ajustarás la 600D contra la 438H, al precio de mercado del resto de las viviendas (por m2 u otro baremo aceptable en derecho).
No se si te lo he aclarado bien
El primer asiento de la (600 a 400) por 60.000 euros lo tengo claro, pero el segundo asiento, no. Yo tengo un compromiso en especie (deuda) por otros 60.000 euros con mi proveedor, ¿como que me hablas de clientes (430-438). Si te ayudo te remito al caso práctico nº 94 del ICAC, donde mi duda es que utilizan para este compromiso futuro de entrega de vivienda, unas cuentas ya desaparecidas en el nuevo PGC 2007 y, lo que quiero es saber por cual sustituirlas.
Atentamente
No está desaparecida. La cuenta 438 es anticipo de clientes, que se usa en el Plan Adaptado a Empresas inmobiliarias (creo que tu caso), para recoger las entregas a cuenta de obra futura.
La cuenta antes era la 437 y ahora la 438. Siguen estando.
Respecto de lo otro, el compromiso con el proveedor es de entrega en especie. Por lo cual, en una permuta, hay una operación de entrega y otra de recepción de bien (ó servicio). Debes contabilizar siempre la entrega futura y la recepción del solar (en tu caso)
Ojo si miras la adaptación que te he citado a empresas inmobiliarias, porque es la del antiguo Plan, por lo que, en todo lo que difiere en normas y aplicación con el nuevo, no es válido, pero que yo sepa, aún no está adaptado al NPGC2008 (ó 2007)

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