Gastos en el domicilio fiscal

Me gustaría por favor que me aclarases una duda. Al principio tenia la empresa con la misma sede fiscal y social, pero hace un mes cambie la sede fiscal a mi casa en la cual tengo un despacho y desde el cual trabajo, además de por que así me llegan todas las cartas correctamente de cámara de trabajo, facturas etc.
Mi pregunta es la siguiente, en mi domicilio fiscal (que es mi casa, pero una habitación es mi despacho) ¿Podría declarar como gasto el cambiar la ventana y poner un toldo?, es que según me dicen no debería, ya que si viniese una inspección como el desarrollo de la actividad se supone que es en el domicilio social, me pondrían una sanción, yo creo que esto debe de ser incorrecto por que deberías poder declarar gastos tanto en un sitio como en el otro ¿no?.

3 Respuestas

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El poder deducirse un gasto por actividad dependerá (a veces de la voluntad del inspector), si se puede demostrar que se utiliza en la misma. Los gastos de energía, contribución... etc. que son comunes o una reparación del domicilio particular y fiscal se podrán deducir si pueden ser separados físicamente (es decir, facturas independientes) o separados a prorrata (por m/2 utilizados como despacho). De todas formas sanción no te pondrá (es lo normal), pero si te anulara esos gastos que consideraste deducible si llega el caso. Ruego valores y cierres la respuesta.
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Si puedes justificar que lo que cambias es la ventana del despacho, el toldo del despacho, la mesa o lo que sea del despacho, y lo especifican claramente en la factura, entiendo que te lo puedes deducir fiscalmente.
Pero ojo, que no sean bienes que sean de doble uso, si no, habría problemas.
"Pero ojo, que no sean bienes que sean de doble uso, si no, habría problemas."
En cuanto a esta aclaración, le comento que la habitación que es mi despacho y donde realizo la labor de mi trabajo, esta en mi casa pero en ese lugar (que es el domicilio fiscal no social)se ve claramente que es un despacho y no se utiliza para otro fin, tiene una pequeña red informática, mesas, armarios etc, y yo entiendo por tanto que se ve perfectamente que no es de doble uso ¿usted qué cree?.
"especifican claramente en la factura" En la factura pone claramente que es una ventana, y iría a nombre de la empresa, entiendo que esto cumple también todos los requisitos. ¿No?
Especifica "cambio de ventana en habitación despacho", que si alguien comparte la vivienda contigo no sea profesional que use la habitación, y cosas similares.
Aunque es más sencillo si, el domicilio de la obra y el cambio de ventana, pusieran el de actividad, así no tendría la factura duda.
Y es raro que vayan a verificar qué ventana se cambió
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Ya le he contestado anteriormente a la pregunta.

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