Autónomo.

De nuevo abbm.
Respecto a los últimos apuntes que me haces tengo algunas dudas. La opción de crear otra empresa entre administrador y cónyuge me prarece buena, si lo he entendido bien yo creo la empresa con mi pareja y facturamos a la empresa de la que yo soy administrador, ¿la facturación anual esta vinculada con lo podría desgravarme?
Esta segunda empresa creada tiene que tener un domicilio fiscal. ¿En concepto alquiler de de local me puedo deducir algo? ¿El renting del coche es deducible?
¿Las facturas emitidas tienen que estar que reflejarse en movimientos bancarios de las dos socioedades?

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En primer lugar, lo de crearlo con tu pareja o no es decisión tuya, te he puesto el ejemplo así por si estás casado y quieres que tu casa, y demás bienes gananciales o en común pasen a formar parte del patrimonio de la nueva sociedad (Vamos a llamarla Sociedad P - de Patrimonio).
Concretando un poco, se trata de que constituyas una sociedad con las siguientes características:
- Domicilio Social: puedes poner el mismo donde tenga la sede social el resto de tus empresas, o el de un imueble de los que aportes.
- Objeto Social: Dado que los ingresos de la sociedad van a venir de lo que le facture a tus otras sociedades, y por otro lado los gastos e inversiones van a ser supongo que inmuebles, activos financieros, etc, El objeto social de Sociedad P, S.L. deber algo así como "compra, venta, alquiler y explotación de inmuebles" y "prestación de servicicios de asesoramiento en la gestión empresarial y financiera".
- Gastos e Inversiones: Con la reacción de la Sociedad P, S.L. aportas tu patrimonio personal como capital social de empresa. Tienes que pensar si te conviene aportar tu vivienda habitual, a la Sociedad P, S.L., o no, si tienes hipoteca sobre tu casa y te la estás desgravando en tu declaración de IRPF. También tienes que decidir qué gastos vas a incorporar. Respecto a tu pregunta, los vehículos que compres o alquiles, si lo haces a nombre de la Sociedad P, serán deducibles en el Impuesto de sociedades, tanto el alquiler, la amortización, como los gastos financieros, y el IVA sólo la mitad es deducible si se entiende que el coche se utiliza también para uso privado. Ten en cuenta que si tú alquilas un coche a titulo personal, el IVA para ti es un gasto, ya que no te lo puedes deducir.
- Ingresos: Haz un presupuesto anual de cuantos gastos va a suponer tu empresa, contando el renting, los ordenadores, y demás; redacta un contrato entre la Sociedad P, y tus otras sociedades, donde P les preste servicio de algún tipo a las otras. Divídelo entre 12 meses y esto será lo que P les tiene que facturar mensualmente a las otras. Pero es muy muy importante que redactes un contrato muy claro con el tipo de servicio que se está prestando, y por su puesto estas facturas tienen que pagarse y cobrarse, y procura que el importe mensual sea el mismo, porque es lo primero que te van a revisar (incrementándose anualmente por el IPC). Piensa que hacienda está muy encima de las operaciones entre partes vinculadas y si estima que detrás de la Sociedad P se están prestando servicios Ficticios (que no existen de verdad) te declarará el IVA no deducible, y puede que también los gastos como no deducibles de cara al Impuesto de Sociedades, aparte de las correspondientes sanciones.
El tema es un poco complejo y tienes que mirarlo bien con tus asesores. Piensa que los costes de constituir una sociedad y mantenerla son relativamente elevados (Notaría, registro, ITP y AJD, etc. Y que tributarías un 30%-32,5% sobre el resultado que te salga. Aunque como contrapartida, parte de tus ingresos puedes cobrarlos a través de la sociedad, y tener una nómina más pequeña, y gastos que para ti no son deducibles, como la amortización de un ordenador, para la empresa sí lo son.
Disculpa que me haya extendido tanto. Espero haberte servido de ayuda. Lo que te he comentado parte de mi experiencia profesional. Todos los empresarios, cuando van adquieriendo bastante patrimonio crean sociedades para gestionarlo, y conforme sus hijos se van haciendo mayores les venden o donan un 5%-15% del capital social de las empresas. Y otra cosa más, poco a poco también aportan como capital social de la sociedad las participaciones que tenga en las otras empresas.

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