Suplidos
Perdona por robarte unos minutos. Soy autónomo y nuevo en ese mundo y tengo una duda: ¿Un Suplido es un concepto que no está sujeto a IVA o IGIC (en el caso de Canarias) o también puede ser un concepto que no esté sujeto a retención de IRPF? En las facturas que emito a mi cliente, que es la empresa para la que trabajo, reflejo mis honorarios que están sujetos a retención y a demás les tengo que cobrar conceptos como por ejemplo billetes de avión que pago yo y luego me devuelve la empresa, osea cantidades que me tienen que devolver íntegras. Entonces ¿cómo reflejo esos conceptos en mis facturas? ¿Primero mis honorarios con la retención aplicada y luego en la misma factura el resto de conceptos no sujetos a retención como suplidos?
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Respuesta de jogoal
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