¿Cómo contabilizar el cobro y el pago de unos suplidos?
Me gustaría saber cómo contabilizar el cobro y el pago de unos suplidos. Emito factura por prestación de servicios en la que va incluido el importe por nuestros servicios con iva más los suplidos (importe que se le abonará posteriormente a otra persona también por prestación de servicios). Recibo el ingreso por el total a través del banco banco.
Como indicas, si la factura emitida incluye algún tipo de suplido por conceptos que son por cuenta del cliente, estos suplidos no se incluyen en la base imponible del IVA, ni están sujetos a retención. La contabilización de los suplidos solo provoca apuntes de cobros y pagos de tesorería sin reflejo en la cuenta de resultados. Así lo indica la consulta nº 1 del ICAC, de su Boletín Oficial nº 19, de diciembre de 1994, criterio aplicable bajo el PGC 2007 (RD 1514/2007) o bajo el PGC para Pymes (RD 1515/2007) pues consideramos que no contradice las disposiciones de los nuevos Planes. Para realizar los correspondientes asientos, el ICAC propone utilizar subcuentas del subgrupo 55 para los movimientos de tesorería (por ejemplo, cuenta 55x "Suplidos en factura" que tendría saldo deudor o acreedor en función de si se entrega o se recibe el suplido, respectivamente). Si suponemos que tu operación es por importe de 1000 €, con 200 € de un suplido: 1380 (572) Bancos A Prestación de servicios (705) 1000 A HP IVA repercutido (477) 180 A Suplidos en factura (55X) 200 Cuando se pague al otro profesional: 200 (55X) Suplidos en factura A Bancos (572) 200 Debemos recalcar una cuestión importante sobre este asiento, entendemos el suplido como un dinero recibido por conceptos en ejecución de mandato y por cuenta del cliente, es decir, la prestación de servicios que representa se establece directamente con el cliente y nuestra empresa solo media en su contratación y pago.