Amortizaciones

Hola, mi duda es la siguiente, tengo que contabilizar la amortización de elementos de inmovilizado material, pero se ha adquirido todo a finales del mes de diciembre. Mi pregunta es si estoy obligada a amortizar, o dependiendo del beneficio o pérdida puedo optar por no hacerlo. Si tengo que dotar amortizaciones, ¿qué importe sería?
Gracias.

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Imagino que querrás decir a finales del mes de noviembre. Tienes la obligación de realizar las amortizaciones por 1/12 parte del año. Es indistinto que anteriormente a la amortización hayas tenido beneficio o pérdidas.
Ahora bien, si quieres decir que las adquisiciones del inmovilizado la vas a realizar el 31.12.10, no sería obligatorio que realizaras la amortización por la poca importancia relativa que se le imputaría a resultados vía amortización.
Respecto al importe que tienes que amortizar, va a depender del tipo de inmovilizado, si es un equipo informático, mobiliario, ... Por ponerte un ejemplo, si adquieres un equipo informático por 1000 y siguiendo las tablas oficiales de amortización le corresponde un 25% o un período de 4 años (48 meses). Implica que por año amortizas 250 y por mes 20.83.

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