Se puede contabilizar un edificio como existencias

La empresa vende parqué y tarima. Un cliente con una deuda de 40.000 euros le vendió un piso a la empresa por 90.000 para saldar su deuda. La empresa tiene contabilizado el edificio en existencias pues está a la venta no lo necesita para su negocio
¿Es correcta esta contabilización? ¿Qué diferencias hay en contabilizarla como inmovilizado o existencias? ¿Cuál es el beneficio de una u otra opción?

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Es errónea la contabilización del inmueble como existencias, ya que no corresponde a una existencia o materia prima de su actividad comercial. Los inmuebles en existencias se contabilizan cuando son empresas constructoras y promotoras.
Lo suyo hubiera sido contabilizarlo como inmovilizado, e ir realizando amortizaciones anuales de dicho inmueble, lo cual produce una disminución del resultado económico de la empresa.
Ahora bien, según indicas es un activo que lo tenéis puesto a la venta, de ser así tampoco puede ser contabilizado como Inmovilizado, lo debes de contabilizar en el subgrupo (58) Activos no corrientes mantenidos para la venta y más concretamente en la cuenta (580) Inmovilizado. Mientras un activo lo tengas clasificado en esta cuenta, es decir, mantenido para la venta, NO se amortizará.
Si en algún momento, la sociedad decidiera no mantenerlo para la venta o deje de cumplir los requisitos, se deberá de reclasificar en la partida de balance que corresponda a su naturaleza.

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