Como se contabiliza el impuesto de sociedades

Nuestro asesor nos dijo que el impuesto de sociedades 2009 salia unos 15287.56, y se contabilizó. Pero ahora sabemos que la cantidad no es esa, sino 12230.05, entonces mi pregunta es que asiento tengo que hacer en la contabilidad

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Tengo que hacerte un par de preguntas:
1.- Cuando dices que el impto.soc contabilizado es de 15287.56 y que a posteriori era 12230.05, puedes decirme a qué se debe esa variación.
2.- Puede ser, que el total del impto sea 15287.56 y que una vez descontados los pagos a cuentas el pago a realizar sea 12230.05
Porque el asesor iso los cálculos y puso de más, pero cuando nos llego el impuesto se dio cuenta de que era un 25% menos.
Entonces se contabilizo en la (4752) la cantidad que el nos dijo en su día, pero ahora tengo que hacer una diferencia de impuestos y no se en que cuentas ponerlos.
Necesito que me detalles el asiento que hiciste del impuesto de sociedades del año 2009.
El año pasado a fecha de 31/12 se contabilizo el impuesto de sociedades en la 630 a 4752, por la cantidad de 15287,56
Te pedía el asiento para ver si podría venir alguna diferencia en la cuenta 473 que no hayamos comentado anteriormente. Al no detallarla, pienso que en el ejercicio 2009 no realizaste ningún pago a cuenta del isoc.
Debemos de proceder a la disminución de la cuenta (4752), por la diferencia entre lo imputado y lo real. El asiento que debes de realizar es el siguiente:
3057.51 (4752)---(113) 3057.51, con este asiento, debe de cuadrarte a 0 el saldo de la cuenta (4752).
Dicho asiento lo debes de realizar con fecha 01.01.10, la cuenta (113) sirve para corregir errores contables.
Un saludo y un estirón de orejas a tu asesor.
En el año 2009 no hicimos ningún pago.
¿El asiento de apertura del 2010 fue en el haber 15287.56?, entonces tendría que hacer ahora la diferencia, pero si hago lo que me dices no me queda la cuenta a 0.
No seria en la 12230.05 (4752), ¿para disminuir?. Y los pagos yo los estoy haciendo en la 473 a 572.
Según me dijiste, el pago que había que hacer a la aeat del imp.soc. (el real) era de 12.230´05, y estaba contabilizado a fecha 31.12.09 en la cuenta (4752) por 15287.56, por tanto tienes una diferencia de 3057.51, respecto al pago real que tendrías que haber hecho en julio 2010.
En Julio del 2010, tuviste que hacer el pago a hacienda de 12230.05 mediante este asiento (4752)----(572), y tendrías que tener la diferencia mencionada de 3057.51 en el haber, que al hacer el asiento (4752)---(113), el saldo que tienes que tener es 0.
Los pagos a cuenta del isoc del 2010, están correctamente contabilizados en la cuenta 473.
Me ha quedado claro menos mall, pero una pregunta nosotros en julio no pagamos nada porque hicieron un aplazamiento.
¿Tengo qué hacer el asiento ese que dices? El de (4752) a (572).
No tienes que realizar ese asiento, porque no procedes al pago.
Si has solicitado aplazamiento, según vayas liquidando la deuda aplazada, tendrás que ir haciendo el asiento anterior por los importes que vayas liquidando.
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Si en 2009 se contabilizó la cantidad de 15.287,56 de Impuesto pendiente de pagar en la cuenta 4752, a la hora de pagarlo y para dejar cuadradas todas las cuentas puedes hacer el siguiente asiento:
Debe de la 4752 por el importe que figura pendiente 15.287,56. Haber de la 572 por el importe que realmente se paga 12.230,05. Haber de la cuenta 7951 por el exceso en la provisión 3.057,51
Pero tengo una duda, ¿no seria la cuenta 630? Es que todo el mundo me dice esa y ya no se porque estoy un poco peradida.
Lo que tengo que hacer es la diferencia de impuesto sociedades 2009.
También me comentas que la 4752 a 572, ¿pero si lo tuviera todo pagado no? Es que yo los pagos los estoy poniendo en la 473 a 572.
No se si me entenderás porque no me entiendo ni yo.
Te aclaro las dudas: la cuenta 630 recoge el impuesto sobres sociedades del ejercicio, y por eso contabilizarás en esa cuenta el impuesto del ejercicio 2010, pero como estamos hablando del impuesto del ejercicio 2009 y en su día se contabilizó en la 630 un importe mayor y por lo tanto se contabilizó en la 4752 ese mismo importe pendiente de pagar, el 25 de julio de 2010 te habrá llegado un cargo al banco por un importe menor y si lo contabilizas al haber del banco 572 por el debe de la 4752, en esta cuenta te quedará un saldo que, a no ser que averigüemos por qué hubo ese descuadre, debes llevar a la cuenta 7951, porque en su día se provisionó un importe mayor del impuesto.
Los pagos que has de llevar a la 473 son las retenciones y las entregas a cuenta (mod 202), que se pagan trimestralmente en marzo, octubre y diciembre. El pago de julio es el impuesto de sociedades del ejercicio anterior y por eso en su día se tuvo que contabilizar en la 4752 y con el pago dejarla a cero.
El 25 de julio no nos llego nada porque creo que el asesor hizo un aplazamiento para que lo pagáramos poco a poco.
Es que yo soy nueva en la empresa por eso no estoy muy puesta en como lo hicieron.
Los pagos del modelo 202 si los tengo en la 473.
¿Pero los pagos del aplazamiento también irían en la misma cuenta no?
No se que hacer, ni como seria el asiento
Si los pagos del modelo 200 se aplazaron, deberían ir al debe de la 4752 y al haber del banco (572). De todo eso debes estar segura y averiguarlo. Debes encontrar ese modelo del Impuesto de Sociedades (200 ó 201) y salir de dudas.
También sería conveniente que observaras cómo se hizo el asiento del impuesto en el ejercicio pasado para saber en qué cuentas se contabilizó y los importes. Si lo averiguas, me lo dices y te diré exactamente qué asientos has de hacer.
Se contabilizaron en la 15287,56 (630) a (4752) 15287,56.
Eso es lo que el asesor contabilizo pero ahora con el impuesto en mano la cantidad es 12230,05
Pues entonces debes hacer el asiento que te dije el primer día, salvo la diferencia de que los pagos han sido fraccionados:
En primer lugar, dejaremos la cuenta 4752 con el importe que realmente se ha de pagar, pasando la diferencia a la cuenta 7951:
Debe de la 4752 por el exceso de la provisión y Haber de la cuenta 7951 por 3.057,51.
Luego, cada pago fraccionado se contabiliza tal como te dije anteriormente: Debe de la 4752 por el haber de la 572.
Me imagino que como mucho se habrá fraccionado el pago en dos veces y que a estas alturas ya se habrán pagado, así que se debe quedar la cuenta 4752 a cero. Si no fuera así, dime cómo se ha fraccionado el pago, para cambiarte la solución.

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