Quisiera saber como contabilizar las retenciones que me han practicado de alquileres, así como de intereses bancarios cta 473. Cuando el resultado de Impuesto Sociedades es negativo. Muchas gracias
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1 respuesta
Respuesta de Mogar Mogar
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Mogar Mogar, Responsable de contabilidad gran empresa Ex Auditor financiero
Las retenciones se acaban traspasando a la cuenta 470 HP deudora por Impuesto de Sociedades, ya que Hacienda te las devolverá cuando presentes la declaración
Muchas gracias por tu contestación. ¿Quería ampliar mi pregunta: Si la contrapartida que tengo contabilizada a la 4745 sería correcto? ¿Cuál sería la diferencia de aplicar esta cta. a la 470? El asiento está: 4745 a 6301 A 473 Aprovechando esta consulta quería por favor, me aclarases otra duda: ¿Cuándo una empresa da beneficios su asiento sería de la 630 a la 4752 pero al tener perdidas de ejercicios anteriores y compensar en el Impuesto sobre sociedades y el resultado es negativo, como tengo que compensar la cuenta 4752? Muchas gracias por vuestra atención
La diferencia es que la 4745 recoge los créditos fiscales que recuperas cuando tengas beneficios en ejercicios futuros. La cuenta 470 recoge los pagos a cuenta o retenciones que se han hecho durante el ejercicio y se van a recuperar directamente de Hacienda vía solicitud de devolución en la liquidación del impuesto. Si ya lo has registrado contra la 4745, tampoco hay mayor problema (recuerda que los códigos de cuenta no son obligatorios); simplemente cuando Hacienda te devuelva el dinero de lal retenciones, haces el movimiento contra la misma y solucionado. Respecto de la segunda parte de la pregunta, cuando se tienen pérdidas lo normal es registrar el crédito fiscal que se genera por las bases imponibles negativas (haces 4745 a 630), aunque no todo el mundo es partidario de registrar este crédito (mucha gente no hace nada cuando hay pérdidas. En función de lo que hagas con ese crédito fiscal, cuando vuelves a tener beneficios tienes que actuar de una u otra manera: - En el primer caso, calculas el gasto y, lo llevas contra la cuenta 4745, cancelando el crédito fiscal. Si el beneficio es superior a las pérdidas anteriores, te quedará un resto contra la cuenta 4752. En caso contrario, queda saldo en la 4745. - En el segundo caso, si el beneficio es superior a las pérdidas, te surge gasto sólo por el neto. Si es inferior, no haces nada, aunque minoras el crédito que te queda para el año siguiente. Espero haberme explicado, aunque quizá si lo intentas dibujar en un papel lo veas más claro.
Muchísimas gracias, Me queda totalmente aclarado la primera pregunta. En relación con la segunda, no me habré sabido explicar. Te cuento: ¿En este ejercicio 2010 arrasta un saldo de la cta.4752.0 de 1.000? Que resultaba del Impuesto Sociedades 2009. Al hacer el Impuesto Mod. 200 y compensar los saldos negativos la base imponible resultaba 0, por lo que no se ingresa ningún importe y esta empresa ha estado dando resultados negativos hasta este ejercicio 2010 Cómo se debe contabilizar el arraste de esta Cta. Mil gracias por tu colaboración
El asunto es que si utilizas los códigos contables según el plan, la cuenta 4752 recoge el saldo a pagar a HP por Impuesto de Sociedades, por lo que debería compensarse con el pago. Si lo has usado en un asiento tipo: 4752 a 630 Es normal que el saldo no te haya desaparecido y lo arrastrarás hasta que tengas beneficios. El asiento que te indicado es el que correspondería hacer en el caso de empresa con pérdidas. No sé si nos estamos entendiendo bien, si no te estoy contestando exactamente a lo que necesitas, no dudes en insistir en el tema hasta que lo aclaremos.
Hola de nuevo: Creo que no me se explicar, según tu contestación el concepto lo tengo claro, pero en este caso en el 2009 tengo un asiento como me dices, pero con beneficios, o sea de la cuenta 630 a 4752. Pero al presentar el modelo 200 de Impuesto sobre Sociedades este beneficio se compensa con perdidas de ejercicios anteriores y su resultado sale base imponible 0, por lo que no se hace ningún pago. ¿En el 2010 tengo lógicamente el arrastre del saldo de la 4752 y mi pregunta es cómo contabilizo ese saldo para regularizarlo? Muchas gracias de nuevo por tu profesionalidad ... y paciencia. Tu respuesta anterior: El asunto es que si utilizas los códigos contables según el plan, la cuenta 4752 recoge el saldo a pagar a HP por Impuesto de Sociedades, por lo que debería compensarse con el pago. Si lo has usado en un asiento tipo: 4752 a 630 Es normal que el saldo no te haya desaparecido y lo arrastrarás hasta que tengas beneficios. El asiento que te indicado es el que correspondería hacer en el caso de empresa con pérdidas. No sé si nos estamos entendiendo bien
Creo que en algún momento hemos perdido el paso. ¿Sigues tendiendo bases imponibles pendientes de compensar? Si es así, puede haber saldo arrastrado de ejercicios anteriores y este debería ser tu tipo impositivo por las bases imponibles negativas. Cualquier desviación la puedes regularizar con la cuenta 630. Si ya no tienes nada pendiente de compensar (ver liquidación del impuesto de sociedades último), debes regularizar el saldo que arrastras con la cuenta 630.