Como contabilizar el modelo 202

Siento molestarles de nuevo, pero tengo una duda, sobre como contabilizar el pago fraccionado del impuesto sobre sociedades, es decir el modelos 202, yo lo pondría así:
Ej: cuota a ingresar: 186,15
186,15 (473)
a (572)186,15
¿Estaría bien?.

1 Respuesta

Respuesta
1
Los Pagos a cuenta (PaC) del Impuesto de Sociedades se registran contablemente en la cuenta "4730. HP, deudor por pagos a cuenta". Luego su contabilización será tal como usted ha expuesto.
En el momento de proceder a la declaración-liquidación anual del Impuesto, el saldo acumulado en la cuenta 4731 se aplicará a reducir el importe de la Cuota Líquida para determinar la Cuota Diferencial a ingresar.
Tal como queda regulado el tema en el REAL DECRETO 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de noviembre de 2003); cabe entender que al emitir una FACTURA RECTIFICATIVA deberá de cancelarse la anotación contable anterior y registrarse dicha factura.
Así pues, el software contable debería disponer de una nueva instrucción que permitiera "deshacer" los asientos de facturación - incluyendo la repercusión del IVA - y "rehacer" dichos asientos en referencia al contenido de las FACTURAS RECTIFICATIVAS.
¿Si le interesa profundizar sobre la Contabilidad del Impuesto de Sociedades puedo enviarle un artículo mio sobre el tema que está a punto de aparecer en la revista? ¿El Fisco?. Para ello, debería de facilitarme una dirección de e-mail con suficiente capacidad, puesto que el artículo tiene más de 40 páginas y el fichero supera los 600 Kb. de extensión.
P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.
Gracias por tu respuesta pero creo que me he perdido con lo que me has dicho de las facturas rectificativas.
Creo que la liquidación del impuesto sobre sociedades podría ser así:
Ej: Cuota integra: 707, 41
Primer pago aplazado: 55,58
Segundo y tercero: 186,15
Total pagos: 427,88
707,41(630)
427,88(4752)
A (4752)707,41
(473) 427,88
Estaría bien ideada la liquidación, sinceramente espero su respuesta.
Ah, aquí le envío mi email [email protected], o bien puede enviármelo a [email protected]
Le pido disculpas, lamentablemente se han mezclado DOS RESPUESTAS a temas bien diferentes. Nada tiene que ver con su consulta el asunto de las FACTURAS RECTIFICATIVAS.
En cuanto al registro contable de los Pagos a cuenta (PaC) del Impuesto de Sociedades, está usted en lo cierto al suponer que debe ser de la forma:
(4730) a (572)
Teniendo la cuenta (4730) la denominación "HP, deudor por pagos a cuenta" y la cuenta (4735), "HP, deudor por retenciones a cuenta".
En cuanto al asiento correspondiente al registro contable del Impuesto de Sociedades, le recuerdo que el cargo a la cuenta (630) corresponde al importe del Impuesto devengado, no a la Cuota íntegra incluida en la declaración-liquidación del Impuesto.
Para orientarla con mayor profundidad sobre el tema de la Contabilidad del Impuesto de Sociedades le envío un artículo publicado por mi en la revista "El Fisco". Se lo envío por e-mail por cuanto tiene una extensión total de 42 páginas y contiene tablas que no aparecerían bien reflejadas en esta página. Para que no tenga problemas de compatibilidad, se lo envío en formato RTF, que es legible por cualquier procesador de texto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o
El autor de la pregunta ya no la sigue por lo que es posible que no reciba tu respuesta.

Más respuestas relacionadas