Amortizaciones

Buenas, hace unos días me surgieron unas dudas con las amortizaciones.
Por un lado tengo unos bienes que se han roto y son baja pero faltaba por amortizar todavía más del 50 %, al darlos de baja, si los doy de baja ¿Tendría qué calcular lo que le faltaba de amortización?
Hay algunos bienes que el año padado no le hicieron la amortización por que solo llevaban un mes en la empresa. En que cuenta tendría que contabilizar ese mes que se dejo sin amortizar, ¿o podría dejarlo sin amortizar?
Gracias de antemano por la labor que haces.
Respuesta
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No, no tienes que calcular lo que falta de amortización. Para darlo de baja, lo que falta por amortizar, lo tendrás que considerar pérdidas, en la cuenta (691) Pérdidas por deterioro del inmovilizado material.
En cuanto a la amortización no realizada, en tu lugar yo la incluiría este año, porque sin amortizar no lo podrás dejar. Si no lo haces ahora, lo harás más adelante, porque las amortizaciones se desplazarán un mes.
Hazlo dentro de este año, y lo ajustas para el futuro. De todas formas, correspondía que te lo hubieras deducido el año pasado, y no lo hiciste.

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