Duda recargo de equivalencia
Hola,
Un amigo ha empezado hace un mes con un pequeño negocio y está acogido al régimen de recargo de equivalencia y en estimación directa simplificada en irpf. Tiene proveedores extranjeros (europeos) que le aplican el IVA de su país y otros proveedores españoles que le aplican (o no) el recargo de equivalencia.
¿Tiene qué presentar el modelo 300 o 130? ¿O al estar acogido al régimen de RE no hace falta?
Muchas gracias.
Un amigo ha empezado hace un mes con un pequeño negocio y está acogido al régimen de recargo de equivalencia y en estimación directa simplificada en irpf. Tiene proveedores extranjeros (europeos) que le aplican el IVA de su país y otros proveedores españoles que le aplican (o no) el recargo de equivalencia.
¿Tiene qué presentar el modelo 300 o 130? ¿O al estar acogido al régimen de RE no hace falta?
Muchas gracias.
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Respuesta de mmclemente
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