Provisión de Fondos

Buenas tardes, voy a plantearle una pregunta, a ver si me puede ayudar.
Una Asesoría, que se dedica sobretodo a tramitar escrituras de viviendas, recibe de potenciales clientes, unas cantidades como Prtovision de Fondos.
Cuando se termina la tramitación, se le pasa una factura en la cual, se reflejan, por un lado los gastos de suplidos, y gastos de registro, notario, etc.. Y por otro lado, los honorarios de la Asesoría.. Todo en la misma factura.
Lo normal, es que la Provisión que entrego el cliente sea superior al importe total de la factura(honorarios nuestros+otros gastos).
Me podría indicar que asientos debo hacer en cada caso.
Le pongo un ej:
Provisión Recibida... ¿10.000?
Importe factura:12.000 + 90?(Iva de nuestros honorarios(500 ?)= 12.090
12.090 - 10.000(Provision) = 2.090?, que tendríamos que devolver al cliente como exceso de provisión de Fondos
Respuesta
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Una provisión de fondos no es otra cosa que un anticipo. Este se contabiiza como tal así (siguiendo el ejemplo):
(57) Tesorería 10.000
            A (438) Anticipo de clientes 10.000
Hay un tema, que creo que no comentas, que es el pago de los suplidos. Esto lo hacéis vosotros y también tendréis que contabilizarlos en vuestra tesorería. Tienes dos opciones:
1.- Los contabilizas directamente contra la cuenta del anticipo (según ejemplo serían 11.500):
(438) Anticipo de clientes 11.500
             A (57) Tesorería 11.500
2.- Los contabilizas en una cuenta aparte, pendientes de incluirlos en factura (según veo, tenéis como costumbre incluirlos en vuestras facturas como supidos ... está bien así también):
(4309) Clientes, facturas pendientes de formalizar 11.500
             A (57) Tesorería 11.500
A continuación viene el momento de hacerle la factura al cliente. Según confecciones esta, igualmente tendrás dos opciones:
1.- Si lo has contabilizado directamente contra la cuenta del anticipo:
(430) Clientes 590
           A (705) Prestación de servicios 500
              (477) H.P. IVA repercutido 90
2.- Si lo has contabilizado en una cuenta aparte para incluirlos en factura:
(430) Clientes                                  12.090
             a (705) Prestación de servicios                                                     500
                (477) H.P. IVA repercutido                                                           90
                (4309)  Clientes, facturas pendientes de formalizar            11.500
Inmediatamente después, o a partir de ese momento puedes aplicar la provisión. Igualmente, según sea el sistema que elijas para registrar las operaciones, tienes dos opciones:
1.- En el caso de que no incluyas los suplidos en factura, aplicas el cobro de tu factura contra la cuenta de anticipos:
(438) Anticipo de clientes 590
           A (430) Clientes 590
Hay un error en el planteamiento que me haces, porque el total de lo que tiene que pagar el cliente al final, según el ejemplo, ¿son 12.090? Y entrega 10.000 de provisión, por lo que no tienes que devolverle, sino que tiene que pagarte 2.090.
2.- En el caso que incluyas los suplidos en factura, aplicas el anticipo al saldo de cliente, y si haces la cuenta de mayor, verás que el cliente aún os debe 2.090 (en el caso anterior, lo verías en la cuenta de anticipos).
(438) Anticipo de clientes 10.000
            A (430) Clientes 10.000
Luego, cuando liquide completamente el cliente, entonces terminas de cancelar la cuenta que corresponda, 438 o 430, según donde tengas el saldo. En el caso de que fuera al revés, que tu le debieras al cliente, el saldo que resultase lo tendrías en la 438 que es donde siempre tienes que contaibilizar los anticipos o provisiones de fondos.
En caso uno (que no incluyes los suplidos en factura) puedes entregarle una carta de liquidación al cliente, donde se detallen todas las partidas, adjuntando tu factura y el resto de facturas o justificantes de los pagos que hayáis realizado. Sería válido también, a nivel documental.
Elige el sistema que más te guste, aunque tal como lo haces, tienes que emplear el 2.

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