Facturas atrasadas

Buenos días y gracias por la respuesta.
Acabo de cerrar el último trimestre de Iva y presentar el resumen anual de 2010. Resulta que un proveedor me ha enviado fras del 2010 (de diciembre). ¿Las puedo contabilizar en 2011 al ser de importes peuqeños?. ¿Qué consecuencias fiscales puedo tener?.
Muchas Gracias
Respuesta
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Las facturas se tienen que contabilizar cuando se produce el hecho económico (la compra), no cuando se recibe la factura.
Poder si puede lo que es que no debería. Si las facturas son pequeñas el mal sería menor. Podría intentar con el proveedor a ver si le puede cambiar las fechas... si no puede lo óptimo sería presentar una liquidación rectificativa con el peligro de alguna sanción.

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