Contabilización Préstamo - IPF

Buenas,
1) Ante el siguiente ejemplo, que sería lo más correcto :
El recibo mensual de un préstamo de una empresa, lo han cargado el 01/01/11 (fecha operación), cuando realmente éste corresponde al recibo del año 2010 (fecha valor 31/12/10).
¿Sería más correcto contabilizar el apunte a 31/12/10, por el Principio de devengo? ¿O bien po su fecha operación?
2) Ante un Imposición a plazo Fijo, debería calcular los intereses devengados y no cobrados a 31/12/10. Su finalización es a 31/03/11 y se cobrarán al vencimiento.
Muchas Gracias

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Respuesta
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1) A mi entender lo más correcto sería contabilizarlo en fecha 31/12 ya que así el gasto queda contabilizado en el año que corresponde. Dicho esto, también entiendo que es un mal menor ya que si lo hace en fecha 1/01 en el presente año tendrá también doce recibos con lo que la "distorsión´" real sería insignificante.
2) Tendría que periodificar esos intereses para que el balance presente una situación real.

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