Contabilizar Reclamación deuda TGSS año 2009

Este año he cogido la contabilidad de una empresa, resulta que he recibido unas reclamaciones de deuda por cuotas en concepto debidos a la SS, desempleo, Garantía salarial y FP.
El periodo del descubierto es de abril en adelante de 2009 hasta diciembre, y según pone por diferencias. En el asiento de apertura no esta contabilizado dicha deuda, ¿qué he de hacer? ¿Cómo la contabilizo? ¿Y el recargo? ¿Es deducible en el impuesto de sociedades?

1 Respuesta

Respuesta
1
Tienes que registrar gasto por seguridad social contra deuda y luego deuda contra bancos.
El recargo puede ir como gasto financiero aunque si no es mucho, también puedes dejarlo como gasto por seguridad social.
Si no hay sanción, todo es deducible.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas