Sanción tributaria
Hemos pagado en 2010 una deuda tributaria por un IRPF del 2007 por importe de 3.880,94, tengo a cero ya la cta 4751, pero no tengo reconocida esa deuda del 2007 y si la contabilizo al debe en la 4751, ésta me quedaría con saldo deudor y me descuadraría. ¿Cómo se puede reconocer esa deuda, qué asiento habría que hacer?
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Respuesta de soytovi
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