Embargo seguridad social

Quisiera saber como desgloso el embargo de un autónomo porque figura intereses, recargo, etc..
Respuesta
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Pero ¿qué tipo de embargo? ¿Cuota pendiente de pago de algún impuesto? ¿Seguros sociales? ¿Multa?
Te resumo más o menos:
Se debe desglosar en cuota pendiente de pago (base inicial) que iría a su cuenta correspondiente y el resto (intereses, recargos, etc) serían gastos no deducibles pero se contabiliza como gasto, simplemente debes tener en cuenta quitar esta base a la hora del calculo del impuesto sobre sociedades.
En caso de ser una multa, sería todo como gastos no deducibles.
Hola, disculpa, en verdad no especifiqué correctamente la pregunta. El embargo se debe a cuotas atrasadas del seguro autónomo. No las abona en su fecha y posteriormente le llegan embargos que engloban las cuotas pendientes más intereses de demora y gastos. A que cuentas llevar este desglose me refería en mi pregunta. TE pido mil disculpas y muchas gracias por la ayuda que prestáis.
Un Saludo, Juan B.R.
En el caso de tu haber contabilzado las cuotas de autónomo en la cuenta 460, debes tener saldo pendiente. Ahora lo que debes hacer es cancelar ese saldo con la salida del banco y el resto mandarlo a gasto (pero debes tener en cuenta que no es deducible a la hora de calcular el impuesto. Seria así:
460
629 a 572
(Te recomiendo crear una subcuenta para este tipo de gastos y tenerlo más localizados, una 6290099 por ejemplo con concepto: Gastos no deducibles.)

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