Compensación pérdidas ejercicios anteriores IS

Hola, llevo la contabilidad de una empresa y me encuentro lo siguiente:
Años 2008 y 2009--> pérdidas en el rtdo.
Año 2010 -> beneficio.
No está abierta la cuenta 4745 y quiero compensar las pérdidas
¿Puedo reducir de todas formas la base imponible del IS 2010? Si así fuera, no tendría que pagar nada.
Las opciones que barajo para contabilizar son 2.
Primera: corregir la contabilidad de años anteriores ( ya sé que no se puede pero es para que me cuadre)
Año 2008
{25%de la 129} (4745) a (6301) {25% de la 129}
{25%de la 129} (6301) a (129) {25%de la 129}
Año 2009
{25%de la 129} (4745) a (6301) {25% de la 129}
{25%de la 129} (6301) a (129) {25%de la 129}
Año 2010
Aquí la cuenta de gasto no sabría si poner la (630), (633) o (6301)
{25%de la 129} (63?) a (4745) {25%de la 129}
Segunda opción: crear en el 2010 la cuenta 4745.
{total pérdidas de ej. Anteriores}(4745) a (63?){total pérdidas de ej. Anteriores}
{25% de la 129} (63?) a (4745) {25% de la 129}
Aquí tampoco sé qué cuenta de grupo 63 poner.
Mis preguntas serían:
¿Estaría bien contabilizado de ambas formas?
¿Qué cuenta del grupo 63 se utiliza en cada caso?

1 respuesta

Respuesta
1
El crédito fiscal no se puede contabilizar.
Si no, muchas empresas en causas de disolución (si mal no recuerdo art. 260 LSA) no lo estarían.
Es una diferencia entre BI y Rdo. Contable a tener en cuenta.
¿Podrías explicarte un poco más?
Sí,
Puedes corregir la contabilidad, es más, deberías si está mal. Contabiliza el crédito fiscal de los años anteriores en las cuentas 474 y pasivo 479. Pon en descripción (más importante que el código de cuenta) que es el crédito fiscal de esos años.
Claro que es posible que no tengas que pagar nada en 2010 y te quede para compensar en el 2011.
Luego contabiliza el impuesto del 2010 que será algo como 63 a 474 y luego compensa las cuentas de Hacienda 474.
Al final debes tener en el 2010 un Gasto por el I.S. en el Grupo 6 y en el balance un activo no corriente por el crédito pendiente y un pasivo de H.P. por el mismo importe que será el crédito fiscal menos el IS del 2010.
Teóricamnet deberías utilizar las cuentas 83 de GASTOS IMPUTADOS AL PATRIMONIO NETO si nol eres PYME.

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