La compra de extintores a una empresa de protección contra incendios... ¿va ha inmovilizado (y en este caso a qué cuenta) o va a gastos (y en este caso a qué cuenta)
Yo parto de la base que si puedo llevarlo a gasto mejor que capitalizarlo(amortizarlo). En las empresas de reducida dimension(empresa en que el importe neto de la cifra de negocios(las ventas menos las deducciones y reducciones sobre ventas, incluido el iva) sea menor a 3 millones de euros, y se prevé que suba a 5), puedes llevar a gasto toda compra que en el año no supere el valor de 500.000 pts. Para la empresa de protección, formara parte de su inventario y sera una existencia, que si no fabrica, habrá comprado y luego venderá(los extintores, tienen su contrato de mantenimiento, son bienes que al usar son retirados, no creo conveniente llevarlos ha inmovilizado). Si tu les compras(los extintores se suelen hacer un contrato de mantenimiento por su uso), no obstante si los compras, no esta muy encuadrada su compra, ya que compra no es ya que no lo incorpora a tu proceso productivo o a tu actividad para su posterior venta, podrías llevarla a la 628 ya que aunque físicamente sea almacenable(los puedes contar) una vez que le usas has de desecharle)
Mi empresa es considerarada gran empresa por cifra de negocio Además, también existe contrato de mantenimiento, ¿A qué lo llevo entonces? Mil gracias mochi
De nuevo verónica Metela en la cuenta instalaciones técnicas(222) ya que en esa cuenta se meten el cableado informático, centralitas, aire acondicionado y extintores, en función de tu actividad consulta las tablas de amortización, y su reparación y mantenimiento llevalas a una 622.