Amortización de programas informáticos y licencias

A tod@s,
Acabo de entrar en una empresa y tengo que llevar contabilidad financiera y ya tengo mi primera duda. ¿Cómo se amortiza los programas informáticos?, en este caso tengo que contabilizar la compra de contaplus, que compro el paquete más la licencia. ¿El coste supera los 600?. ¿En cuántos años debo amortizarlo?, según tablas de amortización fiscal es 33 % o 6 años, pero no sé si tenemos que pagar licencias anual. ¿Si es anual no tiene sentido amortizar en 6 años no?.

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Hay que diferenciar entre lo que se paga inicialmente por la compra de un programa informático (la licencia de uso) y lo que se paga por su mantenimiento, generalmente por año.
La licencia es un inmovilizado intangible, cuenta 206, que se amortiza al 33% (max) o 6 años (min), al debe de cuenta 680 por la dotación anual, abonando en cuenta 2806.
El mantenimiento del programa es un gasto imputable al periodo que cubre. Salvo que el mantenimiento se contrate un 1 Enero, el periodo cubierto finaliza al año siguiente al de su inicio, por lo que hay que periodificar el gasto (cuentas 48), como también suele ocurrir con los seguros; es decir, se debe contabilizar el gasto prorrateado al año en curso en cuenta 622, y el gasto del año siguiente en cuenta 480 de Gastos anticipados, cuenta 480 que se saldara contra la misma cuenta 622 a la apertura del año siguiente.
Hola German,
     Muchas gracias por tu rápida respuesta, me ha sido de mucha utilidad. Hoy he recibido la factura y detallan claramente el precio del programa informático y el precio del servicio anual por otro, así que ya tengo más claro cómo debo contabilizarlo.
Saludos, Belén

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