Autónomo

Hola, acabamos de constituir una S.L. Y tengo ciertas dudas con el autónomo del socio administrador. Queremos que de ese pago se haga cargo la sociedad, ¿cómo podría contabilizarlo?
Gracias
Respuesta
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Si el socio administrador tiene remuneraciones dinerarias podríais incluir el autónomo en esas retribuciones y luego practicar la retención del IRPF, y en anticipos como previo pago el recibo del autónomo, con lo que el autónomo cobrará el total devengado (incluido el autónmo) menos la retención y menos el importe del seguro autónomo, que lo paga la sociedad y lo desgravará como pagos en especie.
Ponte en contacto con tu asesor laboral y dile lo que tienes intención de hacer.
Para desgravarlo es conveniente que esté sujeto a retención ya que es una percepción en especie, pero que lo paga la sociedad.

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