Imputación de gasto a otro ejercicio

Tengo un pequeño problema.
Tengo una serie de facturas con fecha 2003 pero cuyo concepto es un gasto imputable a 2004, me explico, trabajo en una empresa del sector moda con lo que tengo facturas que me hacen en este ejercicio pero que corresponden a acciones, colecciones... Del ejercicio posterior. Quiero contabilizar la factura cuando le corresponde pero el gasto en un ejercicio posterior. Ya se que contablemente he de contabilizar el gasto en cuanto se conoce pero, ¿es posible contabilizarlo com un gasto anticipado?
Respuesta
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Te cuento que soy Colombiano, por tal razón solo manejo el plan de cuentas Colombiano, de todas formas en tu pan de cuentas deben haber unas cuentas del activo que diga gastos pagados por anticipado, que debe ser un activo diferido. Tienes que contabilizar bacos, caja o proveedores, depende de la forma en que hayas cancelado las facturas, la otra cuenta será la de gastos pagados por anticipado y/o la que corresponda, en el 2004 cuando vayas amortizar o a causar el gasto, entonces contabilizarás gastos contra gastos pagados por anticipado.
Siento no poder ser más preciso, pues no conozco el plan de cuentas de tu país, pero no solo debes leerlo y ubicar la cuenta que te digo.
Hasta pronto.
Te cuento que soy Colombiano, por tal razón solo manejo el plan de cuentas Colombiano, de todas formas en tu pan de cuentas deben haber unas cuentas del activo que diga gastos pagados por anticipado, que debe ser un activo diferido, siento no poder ser más preciso, pues no conozco el plan de cuentas de tu país, pero no solo debes leerlo y ubicar la cuenta que te digo.
Hasta pronto.
Gracias por tu respuesta.
¿Me puedes indicar por qué cuentas lo he de contabilizar?
David
Efectivamente lo que tienes que hacer es contabilizarlo como un gasto pagado por anticipado o tratarlo como un activo diferido, el cual será amortizado en la fecha en que corresponda (2004), en el 2004 entonces lo llevas al gasto para que no afecte el presente ejercicio puesto que es un gasto inputable al siguiente. Como la contabilidd se lleva por causación debes registrar la operación en el momento en que se causa el gasto o la obligación, pero en este caso activas ese gasto para después amortizarlo.
Hasta pronto.

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