Factura incobrable

¿Ante el caso tener un cliente con una factura ya contabilizada, y se produce el cierre de esa empresa, y por tanto ya no cobraremos la misma, como se contabiliza esa perdida y se anula la cuenta del cliente? ¿Qué requisitos se deben cumplir? ¿Cómo seria el asiento?
Respuesta
1
El asiento sería:
435 (D)Clientes de dudoso cobro
430 (H) Clientes
Dotación de la provisión
694 Dotación provisión insolvencias de trafico
490 Provisión para insolvencias de trafico
Por la insolvencia en firme aunuq en teoría tendría que estar reclamado judicialmente dada la circunstancia en ninguna inspección te pondrá pegas
650 Pérdidas créditos incobrables
435 Clientes de dudoso cobro
Aplicación de la provisión a su finalidad
490 provisión para insolvencias de trafico
794 Provisión insolvencias de trafico aplicadas.
Podrías hace directamente el asiento
650 Pérdidas créditos comerciales incobrables
430 Clientes.
También podrías tener un justificante del cierre y liquidación de la sociedad por si tienes una inspección.
Si el importe no es mucho no pasará nada.
¿Cuándo se debe de realizar el asiento que has puesto abonando a una cuenta del grupo 7? ¿Qué sentido tiene ese asiento, cuando sepamos firmemente que es incobrable esa factura?
Te he indicado el asiento completo, por eso te digo que puedes realizar directamente el último si tienes la certeza que es una insolvencia definitiva.

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