Si por su cuantía el registrarlos según su naturaleza pudiera desvirtuar la estructura del resultado del ejercicio corriente, el gasto del ejercicio anterior deberá registrarse en la cuenta 679. Gastos y pérdidas de ejercicios anteriores.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo para cualquier ampliación o para resolver nuevas dudas. Para ello puede utilizar este foro, formulando una nueva pregunta.
También puede contactar directamente conmigo por e-mail (
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P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.