¿Cómo contabilizar préstamo de acreedor?

La empresa (S.L.) No pasa por un buen momento, hoy día nada raro. El director ha hecho un ingreso de su propio dinero a la cuenta bancaria de la empresa y el asesor nos dice que lo contabilice como si fuera un acreedor, pero no entiendo. ¿No necesitaría factura? ¿O habría que contabilizarlo como si fuera un préstamo?

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Mi opinión es que estaría mejor en una cuenta 551 (cuenta corriente con socios) ya que esta cuenta sirve específicamente para esto, para deudas a favor (o en contra) de los socios y/o administradores con la empresa.
Gracias por responder, pero el director no consta como socio de la empresa, sino como empleado, así que la cuenta que especificas no puede ser válida en esta ocasión.
Aunque el nombre de la cuenta haga referencia a socios y administradoras esta cuenta no está limitada únicamente a estos dos colectivos.
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La definición de la cuenta es: Cuentas corrientes de efectivo con socios, administradores y cualquiera otra persona natural o jurídica que no sea Banco, banquero o Institución de Crédito, ni cliente o proveedor de la empresa, y que no correspondan a cuentas en participación
Por eso, yo contabilizaría el préstamo en esta cuenta mejor que en como en un acreedor.
En todo caso, esta cuenta no debería mantenerse con indefinidamente en el tiempo ya que hacienda podría considerarlo como un préstamo y exigir que se contabilizasen los correspondientes intereses.
Espero haberte ayudado. Un saludo, ´

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