Contabilizar pago de sanción por efectivo en banco. Plan general y cuenta de aportación de socios

Soy nueva por aquí, aunque llevo unos años mirando y aprendiendo de la página, gracias a los expertos, pero es la primera vez que me registro para hacer una pregunta.
Mi duda es la siguiente: tengo que contabilizar el pago de una sanción que se realizo mediante un ingreso en efectivo en el banco.
Se que cancelando la cuenta 410XX, voy bien, pero no se contra que cuenta. Porque la 570XX no puede ser, ya que no es un dinero que el administrador haya aportado a la sociedad, pero la 551XX tampoco, porque no es un dinero que provenga de la cuenta corriente de uno de los socios, sino de un pago de carácter personal. ¿Se puede utilizar la cuenta 551XX para el pago en efectivo?
¿Alguien me ayuda por favor? A lo mejor soy yo la que se esta complicando un poco.

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Por lo que veo se trata de que a la empresa le ha venido una sanción y que a la hora de pagarla un socio ha aportado el dinero, lo ha ingresado en la cuenta de la empresa y de ahí se ha pagado la sanción, ¿no?.
Si fuera así, lo primero que tendrás que contabilizar es la sanción en sí de la siguiente forma:
Debe de la 678 por el Haber de la 4750 (si es Hacienda la que sanciona).
Luego debes contabilizar la aportación del socio:
Debe de la 572 por el Haber de la 551, si se estima que esa cantidad se le devolverá al socio en cuanto la empresa pueda.
Y luego el pago de la sanción:
Debe de la 4750 por el Haber de la 572.
Si la situación no fuera esa, me lo dices y te contestaré con la solución adecuada.
Gracias por tu respuesta, pero el caso es que el socio no ha aportado dinero a la cuenta de la empresa previo al pago de la sanción, simplemente se ha ido al banco y ha pagado la sanción con dinero que el mismo ha dado en efectivo al personal.
Aquí, los ayuntamientos y las entidades administrativas, dan la opción de pagar las multas, impuestos, etc, con tarjeta, con cargo en cuenta corriente, o en el mismo banco en efectivo, que es lo que se ha hecho.
¿Cómo registro ese dinero en efectivo? ¿La pongo en una 551?
Gracias nuevamente
Si, si. El hecho de pagar la sanción en efectivo sin ingresarla en la cuenta de la empresa no cambia el concepto de que el socio está prestando una cantidad.
Si está prevista la devolución en cuanto la empresa disponga de esa cantidad, puedes utilizar la cuenta 551 pues se denomina "cuenta corriente" con los socios, es decir para ir anotando las entregas y disposiciones de dinero entre los socios y la empresa sin llegar a formalizarse un préstamo.
Pero si por el contrario se estima que la empresa tardará en devolver esa cantidad, lo mejor sería suscribir un préstamo, redactando un documento y estableciendo un plazo o plazos para su devolución así como la remuneración si la tuviera. Entonces se contabilizaría en las cuentas 118 ó 5135.

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