¿En qué cuenta puedo poner la nómina de autónomo?

Mi hijo ha puesto un taller mecánico como autónomo (solicitó la capitalización del paro), yo le llevo la contabilidad. Quiero que él disponga de "una nómina" para sus gastos, sin tener que coger dinero "del cajón" para pagar su seguro del coche o gasolina o un viaje de fin de semana. ¿Me comprendes?. Pero no se si puedo incluirlo en la 640. ¿Qué me dices?.

1 respuesta

Respuesta
1

Las "obligaciones" contables que tienes dependen del régimen fiscal al que esté acogido. Independientemente de esto, la contabilidad a quien primero tiene que servir es a él. Dicho lo cual, en teoría los ingresos del autónomo es el diferencial entre ingresos y gastos, y no una nómina como tal.

La medida que apuntas te puede llevar a error. Si le asignas una "nómina" de 1.000 euros, y retiras efectivo de la empresa por ese importe para pagar esa "nómina" y sus ingresos netos son de 500 euros, le estás creando un déficit de tesorería de 500 euros por mes.

No se si estoy siendo claro.

Perdón por no contestar antes, culpa de la gripe y los impuestos.

Bueno, está en estimación directa, y entiendo lo que me dices. Si, sobre el papel ingresos - gastos = beneficio autónomo, pero imagina que tiene que pagar el alquiler de la casa todos los meses o que tiene que reparar la lavadora. Va al "cajón" ?No son gastos del negocio.

No se si me explico. Me gustaría que contase con una cantidad y que si tiene que ir a comer con un amigo por ejemplo, lo cogiese de "su paga" y no de la caja.

A ver, me parece bien tu planteamiento, solamente te digo que si le asignas una paga de 500 euros, él la cobrará (retirará efectivo de la actividad). Y lo que te planteo es que si retira ese dinero sin generarlo (total o parcialmente) puede crear tensiones de tesorería que, en su caso, serán de difícil solución. Ahora, si durante unos meses ves que de media genera 1.000 euros de beneficio por su trabajo, plantear una "paga" como tú la llamas de unos 700-800 euros puede ser adecuado, siempre estando al loro de que igual algún mes genera algo de déficit porque no llega a cubrir con beneficios su paga.

Simplemente esto.

ok. Soy consciente de ello y posiblemente, más de un mes deberá renunciar a esa nómina porque como bien dices ese mes no cubra gastos. La pregunta es: la nómina la contabilizo en la 640 o debo contabilizarla como anticipo de beneficios?. Tengo que practicarle el irpf?. Tengo que hacerle recibo de salario?. Muchas gracias por tu atención.

A ver, yo entiendo que puedes llevar el tema a la 640. No necesitas realizar recibo de salario y el IRPF ya lo pagará en sus declaraciones trimestrales, que no serán por esa nómina si no por el rendimiento del negocio.

Aplica siempre una máxima, la contabilidad a quien tiene que servirle es al empresario, a partir de ahí, ves haciendo.

Muchas gracias. Me has ayudado mucho y has sido muy rápido en tus respuestas. Seguiré por aquí. Seguro que me surgen más dudas. Lo dicho. Muchísimas gracias.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas