Consideración de adquisición Intracomunitaria

Respecto a la pregunta que le hice con anterioridad...

Se me plantea la siguiente pregunta:

Se consideran adquisiciones intracomunitarias a efectos de IVA, entre otras, las

a.-Adquisiciones de medios de transporte nuevos en un estado miembro de la UE

b.-Operaciones entre empresarios de Comunidades Autónomas distintas

c.-Operaciones entre empresarios de estados de la UE distintos

d.-La a) y la c) son correctas

Muuuuuuchas gracias

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1

La opción b es falsa, hoy por hoy las comunidades autónomas son no tienen nada que ver con eso.

La d es la opción correcta.

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