Modificar saldos de apertura

Si el año pasado hice pago de facturas pero no las contabilicé, ¿puedo este año cambiarlo entrando en el año anterior y modificando los saldos de apertura?

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No

El ejercicio anterior esta cerrado - ya debes haber presentado el Impuesto Sobre Sociedades, las cuentas anuales y los libros oficiales.

En este caso, te aconsejo que hagas un asiento con fecha 2 de enero de 2012 contabilizando los pagos realizados en el año 2011, pero no contabilizados

Espero haberte ayudado

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¡Hola buenos días!

Vale entonces hago un asiento con fecha 2 de enero y contabilizo todo como pago, pero si lo hago en efectivo (570) ¿que tengo que hacer una aportación de socio?, ¿como sería todo el asiento?

Gracias, espero tu respuesta.

Un saludo

¿Quién ha pagado las facturas cuyos pagos no se han contabilizado?

Si se han pagado de caja (dinero en efectivo de la sociedad que en algún momento ha salido de la cuenta bancaria de la misma) el asiento es

acreedores/proveedores (40/41) a caja (570)

Si las facturas las ha pagado alguno de los socios y/o administradores el asiento es

acreedores/proveedores a Cuentas corrientes con socios y administradores (551)

Si tienes varios socios y realizan pagos por cuenta de la sociedad es conveniente que abras una 551 por cada socio.

Solamente hay un socio, y las facturas las fue pagando todas, además por adelantado,osea que debería de meterlas primero a anticipos o no es necesario.

Osea que del año pasado está todo pagado aunque en el asiento que hizo de apertura en este año aparecen todos como pendiente, tanto proveedores como a cllientes.

Entonces supongo que tendré que hacer una aportación de socio en la 551, pero claro debería de ser todo en el año pasado para pasar con los saldos a cero.

No debes modificar los datos del año pasado.

Si todas las facturas las ha pagado y cobrado el único socio, yo abriría una cuenta 551 Socio aportaciones 2011 y pagaría y cobraría todo por esta cuenta con fecha 2-1-12, independientemente de que son movimientos del año pasado.

Una vez realizadas todos los movimientos en esta cuenta la puedes matar con la 551 genérica o con caja.

Muchas gracias por tu aclaración, voy a seguir tu consejo.

Si en algún momento hay saldo a favor en caja o bancos, ¿debo de hacer devolución a la cuanta de socio para liquidarla, o no es necesario?

Espero no tener más dudas al respecto.

Un saludo.

Si se le ha devuelto al propietario parte del dinero que ha aprotado, bien vía banco, bien en metálico, debes reflejarlo en contabilidad.

En caso contrario, no debes hacer ningún asiento.

Saludos

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