Amortizar máquina en es.c.i.

En una sociedad civil irregular no es obligatorio llevar la contabilidad tal y como marca el código de comercio, si no que basta con llevar los libros obligatorios. Sin embargo para controlar todo mejor lo estamos llevando como si fuera una s.l. Pero a la hora de contabilizar la compra de una máquina, en concreto un equipo airless (pistola de pintura), cuyo coste asciende a 984,64 euros, nos surgen dudas de si habría que llevarlo a utillaje y posteriormente realizar las amortizaciones, o si al ser una s.c.i. Con introducirlo en "otros gastos" cuenta 629 bastaría. Gracias de antemano por sus respuestas.

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Al ser una sociedad civil irregular puedes contabilizarlo de las dos formas, aunque si te estas basando a la hora de llevar la contabilidad en el código de comercio, lo correcto sería reconocerla como utillaje e ir amortizando la cantidad correspondiente cada año.

Las amortizaciones me influirían en algo a la hora de declarar el IRPF?

A la hora de hacer el modelo 130, puedes deducirte esas amortizaciones, como el 130 se hace por cada comunero es una proporción de las mismas a cada uno en función de su participación, ten en cuenta que la amortización aunque no implique salida de caja es un gasto.

Entonces merece la pena amortizar no?? Porque por lo que me comentas es un gasto deducible. Otra cosa es saber amortizar... a indagar por internet toca! je je. Gracias

Ya sabes que me puedes consultar cualquier duda, y si evidentemente es interesante amortizar pues poco a poco vas recuperando el dinero que has gastado en adquirir el bien.

Ya que me dices que te puedo consultar cualquier duda aprovecho para preguntarte como serían los asientos de amortización y como se calcularían las cantidades. Creo que tendría que ser mediante el método de amortización lineal.

Exacto tienes que emplear el método de amortización lineal, te mando una tabla con el tipo de amortización según el elemento, te adjunto una página (aunque hay en muchos sitios donde puedes encontrarlo) donde tienes los coeficientes de amortización máximos para los elementos comunes:

http://www.adgestion.info/wp-content/uploads/AmortizacionesPorcentajes1.PDF

El asiento de amortización es el siguiente:

(68...) Amortización de...

- A - (28...) Amortización acumulada de inmovilizado.

Espero serte de ayuda y para cualquier cosa en la que pueda ayudarte será un placer hacerlo.

Esas tablas son para todos los lugares?? Es que soy de Navarra y aquí tenemos cosas diferentes a la hora de realizar las declaraciones

Esa tabla es para todos los elementos comunes.

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