Recibo de autonomo.

Me podrian decir como se contabiliza un tecibo de autonomo, gracias
Respuesta
1
Si es el del administrador debes contabilizarlo en la 551, al no ser gasto deducible y ser pago por cuenta del socio o administrador, para considerarlo gasto debes decláralo como remuneración en especie

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas