Corrección de asientos

hola de nuevo¡¡¡

por los incobrables que ya hablamos en su día, está todo documentado, con juicios ganados y todo, pero sin cobrar nada o sea los quitaremos del balance¡

650 (D)

a 430 (H) que es la cuenta que figura en el balance

gracias¡¡

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Perfectamente! Recuerda, este asiento solamente se puede hacer con aquellas deudas documentadas y reclamadas de las que haya constancia fehaciente de su imposibilidad de cobro.

Si no es así, hay que dotar la provisión por insolvencias.

hola¡

después se podría hacer :

430 (D)

a 113(H)

ya sé que esto se decide a fin de año y en junta.

gracias¡

Chica, ¿de dónde te sacas este último apunte? ¿Qué persigues con él? El anterior estaba bien hecho, y cancela la deuda, para qué quieres volver a dejar la deuda en el cliente y, sobre todo, ¿para qué leshes tiene que intervenir la cuenta 113? Me haces unos líos...

Te recomendé un libro, ¡COMPRALO!

ya veo que estoy por enfadarte y con razón¡¡¡¡¡¡¡

no tiene sentido lo que te mande a lo ultimo.

muchas gracias¡¡

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