Marisol, el caso es que en su momento y a mi entender lo que hicisteis mal es valorar esas existencias a ese precio, creo que estaban sobrevaloradas. Y, sobre todo, lo que no se hizo bien es contabilizar el deterioro de las mismas nada más ver que no se iban a realizar, que es como se tiene que hacer, y que no se hizo.
Yo te dije que igual tenías un problema porque dando tantas pérdidas corres el riesgo de tener una situación patrimonial negativa (fondos propios por debajo de un tercio del capital escriturado, creo recordar). Eso te hace entrar, automáticamente, en causa de disolución, y el administrador de la sociedad viene obligado a iniciar el expediente de disolución antes de que transcurran 6 meses desde que se da esta situación, si no es capaz de revertirla (bien aumentando capital, bien cualquiera de las correcciones patrimoniales que sean admitidas en derecho).
En este caso yo ya entro en terreno que me es conocido de oídas, ya que soy contable, no abogado ni asesor mercantil.
Para poder decirte si corres riesgo, si está bien o está mal, casi que debería conocer tu balance íntegro y esas cosas, y ya son varias las veces que te advierto de lo mismo... llegando siempre a la conclusión de que tú vas por este camino que has decidido emprender preguntando a varios expertos y contando con que con nuestros consejos y cuatro cosas más podrás sacar la cosa adelante.
¿Yo qué quieres que te diga? Sabes que opino que deberías ponerte en manos de un profesional...