Cierre de mes

Si en el mes de enero se cerro y se quedo una factura de este mes, se puede colocar en el libro del mes de fedrero.

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Si se trata de una factura recibida no hay problema, puedes incluirlo en el mes siguiente e, incluso si cambias de trimestre te podrás deducir el IVA correspondiente
Si es una factura emitida, a efectos fiscales debería ir en el mes correspondiente. Quiero decir, supongamos que además de mes cambias de trimestre ... estarías dejando de pagar a Hacienda el IVA de esa factura y Hacienda podría reclamártelo.
Estoy suponiendo que tu empresa presenta las declaraciones de impuestos trimestralmente. En caso de que los presente mensualmente te recomendaría lo mismo:si es factura recibida no pasa nada, si es factura emitida mejor corrígelo (y presenta la correspondiente declaración de IVA complementaria para corregir el error)

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