Una duda
Hola. Tenemos un piso de vpp a nombre de mi hermana y mío y queremos hacer unas escrituras nuevas a nombre de uno solo para así salir en la hipoteca solo uno. ¿Esto se considera transmisión? ¿El ayuntamiento puede ejercer el derecho de tanteo y retracto en una cesión de derechos entre titulares? O el 20% de la transmisión No la queremos vender ni sacar provecho de la vivienda, sino que lo único que queremos es desvincularnos uno de los dos de la hipoteca y así, cuando uno de los dos quiera solicitar una hipoteca cuando se case, no tener problemas. Creo que en la escritura el ayuntamiento tiene durante los 5 primeros años derecho de tanteo y si no lo ejerce el 20% de la transmisión.
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Respuesta de samircito
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