Tasación en subrogación
Me voy a comprar un piso próximamente, en el que tengo pensado subrogarme en la hipoteca del promotor. La duda me surge cuando, al necesitar más de la parte de hipoteca que tiene asignada mi piso (alredededor del 70% del precio de compra) me cuentan lo siguiente:
1. Que la hipoteca se corresponde con el 80% del valor de tasación, que se realizó al inicio de la construcción, es decir, hace dos años.
2. Que hay que realizar una nueva tasación.
¿Es esto lógico? En primer lugar, tengo que decir que ya tuve que hacer una hipoteca superior a lo que me ofrecían hace unos años con mi primer piso y no tuve que realizar ninguna nueva tasación. Además, en aquel caso, la hipoteca que me ofrecía la promotora se correspondía con el 80% del precio de compra, no como ahora. Es el primer caso que conozco (y he mirado mucho) en el que el importe de la hipoteca se refiere a un valor de tasación de hace dos años.
En segundo lugar, si la operación se va a articular como una subrogación, de esto se desprende que el préstamo ya existe. ¿Es lógico realizar una nueva tasación para algo que ya existe?
1. Que la hipoteca se corresponde con el 80% del valor de tasación, que se realizó al inicio de la construcción, es decir, hace dos años.
2. Que hay que realizar una nueva tasación.
¿Es esto lógico? En primer lugar, tengo que decir que ya tuve que hacer una hipoteca superior a lo que me ofrecían hace unos años con mi primer piso y no tuve que realizar ninguna nueva tasación. Además, en aquel caso, la hipoteca que me ofrecía la promotora se correspondía con el 80% del precio de compra, no como ahora. Es el primer caso que conozco (y he mirado mucho) en el que el importe de la hipoteca se refiere a un valor de tasación de hace dos años.
En segundo lugar, si la operación se va a articular como una subrogación, de esto se desprende que el préstamo ya existe. ¿Es lógico realizar una nueva tasación para algo que ya existe?
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