Aval bancario

Buenas tardes.
Intentamos alquilar un piso y ahora está de moda el pedir un aval bancario.No tenemos demasiado tiempo para ir al banco y por tf la información que me dan es muy pobre (por no decir nula, al parecer todo depende de lo bien o mal que le caiga al director ¿?)Espero que usted pueda ayudarme un poquito más. Tengo unos 10.000 euros en la cuenta corriente, por lo que supongo que aunque no me ingresan la nómina desde Diciembre (ahora cobro en negro... Cosas de la vida)no habrá problema en concederme el aval, ya que en ningún caso pienso que supere los 3.000 y según tengo entendido se limitaran a bloquearme esa cantidad. ¿Qué intereses conlleva esto? (Alucino con que me cobren por retener mi dinero, pero en fin)¿El aval se renueva automáticamente con el contrato sin ningún gasto adicional o tendré que seguir renovando y pagando? ¿Puedo poner esa cantidad a plazo fijo y que me avalen con ello? Agradezco de antemano su respuesta y todo lo que me pueda aclarar al respecto así como su celeridad.Un saludo
Respuesta
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Los avales bancarios suponen la pignoración de la cantidad avalada y el pago de una comisión y un interés, pero también se suele remunerar el dinero que dejas al banco.
Realmente, el riesgo que corre el banco concediéndote este tipo de vales es nulo, con lo cual no entiendo por qué el banco no va a acceder a ello.
Existen otros productos novedosos para asegurar a los arrendadores de vivienda el pago de la renta mensual como pueden ser los seguros de alquileres que consisten en cobrar como prima por el seguro anual una cantidad en torno al 60% de la renta mensual: esto permite que no tengas que suscribir un aval bancario... siempre que el propietario acceda a cambiar el aval por ese seguro. El problema es que esas aseguradoras evalúan la solvencia del inquilino como hacen los bancos al conceder préstamos y, si ingresas en B, difícilmente aprobarían la operación.

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