Firma de señal

La firma de la señal sobre un inmueble, ¿vincula a la firma del contrato de compra-venta?
Lo digo porque me han colado la coletilla de que todos los gastos de la compra-venta, serán satisfechos por el comprador. Y tampoco se exactamente a que gastos se refiere, como ves soy " un pobre desgraciao " muchas gracias
Respuesta
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No te han colado ninguna coletilla, ya que los gastos a los que se refiere son los de Notaria, Registro, Impuestos, etc. que lógicamente son a cargo del comprador. Los únicos gastos que son a cargo del vendedor son los de la plus valía, pero eso se especifica en las escrituras ante el Notario, y es en el momento de la firma de las escrituras que debes prestar atención a ese detalle y asegurarte de que así se escriture.
Saludos,
Robert
www.unicreditgrup.com
Muchas gracias por las molestias, y te hago otra sobre lo mismo, la promotora tiene el crédito concedido con una Entidad ( Cajasur ), pero creo que yo no estoy obligado a aceptarlo, la obligación es del promotor, yo no he firmado nada que indique lo contrario ¿o, se podría deducir de la firma dela señal que tendría que satisfacer los gastos de subrogación con otra entidad?
Si en tu contrato de compra-venta no se especifica que el comprador se hace cargo de los gastos de cancelación de la hipoteca existente, no estas obligado a pagarlos.
Saludos,
Robert
www.unicreditgrup.com
Si pero yo todavía no he firmado ese contrato, sólo el de la señal, por eso pregunto, si el día que vaya a fírmalo, lo pone ¿qué hago?, digo que no lo firmo y que hagan otro contrato, porque si veo alguna condición en el contrato que no vea justa no lo voy a firmar. Por eso mi pregunta era que si el hecho de decir el contrato de señal, que el comprador se haría cargo de los gastos de compra-venta se refería también a la cancelación del préstamo en caso de no subrogación, muchas gracias por el tiempo

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