Venta vivienda

Estimados expertos,
tengo la casa a la venta, y un posible comprador me propone la siguiente fórmula:
Me paga el 80% vía préstamo hipotecario que pediría sobre la casa (y escrituraría a su nombre) y el restante 20% lo pagaría mediante un certificado de deuda notarial (creo que se llama así) poniendo una fecha límite de 9 meses para su pago. Esto lo hace porque tiene que recibir su parte de la venta de una vivienda de su anterior pareja.
¿Qué riesgo tiene esto del certificado de deuda? Cómo puedo asegurar que pagaría ese 20% al vender su casa, ¿poniendo las clausulas adecuadas? Alguien (entidad de factoring, ¿etc) podría adelantar el pago de esa cantidad pendiente?
Agradecería consejo.
Saludos

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En las entidades financieras, cuando damos un préstamo y nos nos pagan el primer paso que hacemos es solicitar un certificado de deuda notarial, y después ya podemos iniciar procedimiento judicial contra el deudor, por ello, supongo que ese certificado te daría a ti la posibilidad de ir por la vía judicial si el no te paga lo acordado, pero eso, claro está que es un proceso largo y es mejor evitarlo, si no te paga puedes hacer una anotación de embargo en los bienes que tenga a su nombre, y el se encontraría atado de pies y manos, sin posibilidad de hacer nada con sus bienes hasta que no te pague, ... puedes consultar en alguna notaria de confianza para que te expliquen el funcionamiento real de esa certificación y en que medida le vincula. Lo normal es que el comprador te de una letra de cambio hoy, o un pagaré, a vencimiento 9 meses, y que tu con esa letra puedas o esperar los 9 meses y pedir a tu banco que te gestione su cobro ( te cobran una gestión de cobro) o llevarla al banco a descontar y ellos te adelantan ese importe a fecha de hoy pero cobrándote un interés de descuento. El banco lo que hace para concedértela es " estudiarte a ti fundamentalmente", no al librado ( que es el comprador) y en función de las garantías y capacidad adquisitiva que tengas te la descuentan o no.( también investigan un poco sobre el librado, pero sobre todo a ti)
Lo que si te aconsejo si al final realizas esa venta así, es que hagas un seguimiento del comprador y sus movimientos, por ejemplo pidiendo notas simples actualizadas al registro (cada mes )de la casa que el dice que va a vender,( las notas simples suelen valer unos 3 euros, y se las dan a cualquiera aunque no sean propietarios de la vivienda). También puedes asegurarte de que te está diciendo la verdad, solicitadno por ejemplo que de deje ver la escritura de disolución de gananciales tras la separación de su pareja, ahí se dice claramente que a el le puede corresponder la mitad de esa casa que va a vender su pareja. Etc... en fin, en su tema que te tendrás que pensar mucho y consultar, sobre todo, en una Notaria o en el departamento jurídico de tu banco( te lo digo porque son temas complejos para las simples sucursales bancarias, pero ellas te lo pueden consultar en su propia asesoría jurídica, y de hecho, deberían brindarte su ayuda si eres su liente habitual )
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